Cámara inicia el debate para despenalizar el aborto

El proyecto busca despenalizar el aborto hasta las 14 semanas de gestación al igual que en Argentina.

Cámara del Senado en Chile

Hoy a las 15:00hrs comenzará la discusión en el Cogreso del proyecto que busca la despenalización, sin causales, del aborto hasta la semana 14 de gestación.

La iniciativa busca ir más allá de la norma aprobada en 2017 que sólo despenaliza la interrupción del embarazo bajo ciertos escenarios, sin establecer derechos ni garantías asociadas al proceso.

El texto ingresado el 2018 por las parlamentarias Maite Orsini (RN), Karol Cariola (Partido Comunista), Natalia Castillo (Independiente), Daniela Cicardini (Partido Socialista), Cristina Girardi (Partido Por la Democracia), Claudia Mix (Comunes), Emilia Nuyado (Partido Socialista), Camila Rojas (Comunes), Camila Vallejo (PC) y Gael Yeomans (Convergencia), detalla que busca “asegurar el pleno respeto a los derechos humanos de las mujeres en el país requiere contar con una legislación que despenalice el aborto cuando este ha sido decidido por la mujer, dentro de las primeras semanas de gestación”.

Para ese propósito, las diputadas buscan modificar el Código Penal, de forma que el aborto decido por la mujer (hasta las 14 semanas de gestación) deje de ser delito.

De esta forma y a juicio de las parlamentarias, los artículos deberían quedar redactados de la siguiente manera:

  • 342. El que maliciosamente causare un aborto será castigado: 1.° Con la pena de presidio mayor en su grado mínimo, si ejerciere violencia en la persona de la mujer embarazada. 2.° Con la de presidio menor en su grado máximo, si, aunque no la ejerza, obrare sin consentimiento de la mujer. 3.° Con la de presidio menor en su grado medio, si la mujer consintiera después de las catorce semanas de gestación.
  • 343. Será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio, el que con violencias ocasionare un aborto, aun cuando no haya tenido propósito de causarlo, con tal que el estado de embarazo de la mujer sea notorio o le constare al hechor.
  • 344. La mujer que, fuera de los casos permitidos por la ley, causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, después de las catorce semanas de gestación, será castigada con presidio menor en su grado máximo. Si lo hiciere por ocultar su deshonra, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado medio.

Art. 345. El facultativo que, abusando de su oficio, causare el aborto o cooperare a él, después de las catorce semanas de gestación, incurrirá respectivamente en las penas señaladas en el art. 342, aumentadas en un grado.


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