La Corte Suprema de Chile ha emitido un fallo a favor de un carabinero que fue dado de baja tras dar positivo en un test de detección de drogas, específicamente por canabinoides (THC), en un análisis de orina. Esta decisión revoca la sentencia anterior de la Corte de Apelaciones de Chillán, que había respaldado la expulsión del funcionario.
Detalles del caso
El carabinero, tras el resultado positivo en el test, fue expulsado de la institución, lo que lo llevó a presentar un recurso de protección ante la justicia, en el que alegó su inocencia. En este recurso, su abogado argumentó que el resultado positivo se debía a una prueba de campo realizada con dos plantas de marihuana, y que la prueba se llevó a cabo sin los insumos necesarios, debido a restricciones presupuestarias. Además, se mencionó que la evidencia fue manipulada sin el uso de guantes ni mascarillas, lo que podría haber comprometido la validez del test.
Cuestionamientos a la normativa
El abogado del carabinero también señaló una posible negligencia en el procedimiento, indicando que a ningún funcionario de Carabineros que participa en la manipulación directa de drogas se le realiza un examen de detección de drogas en su cuerpo, conocido como screening o tamizaje. Este procedimiento debería incluir no solo un informe verbal, sino también el llenado de un formulario correspondiente.
Decisión de la Corte de Apelaciones
En un primer momento, la Corte de Apelaciones de Chillán desestimó la justificación presentada por el carabinero, argumentando que su expulsión estaba suficientemente fundamentada de acuerdo a la normativa vigente, y que no se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
Fallo de la Corte Suprema
Sin embargo, la Corte Suprema revirtió esta decisión, señalando que la baja inmediata del carabinero por mala conducta se realizó sin cumplir con lo estipulado en la normativa aplicable. En particular, la Corte destacó la importancia de evaluar si el funcionario presentaba dependencia de sustancias ilegales. En el fallo se establece: ‘La decisión fue adoptada sin cumplir con lo ordenado en la ley, toda vez que no se descartó la dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, circunstancia muy relevante, puesto que de existir dicha condición lo que procedía era el tratamiento y rehabilitación del actor.’
La Corte Suprema concluyó que ‘el actuar de la recurrida (Carabineros de Chile) resulta ilegal y arbitrario’, por lo que dejó sin efecto la resolución que había dispuesto la baja del funcionario. Además, ordenó su reincorporación y el pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones desde el momento de su separación arbitraria y mientras se mantenga en el cargo.