Tras la celebración de Navidad y con el inicio de un nuevo año a la vista, surgen interrogantes sobre el feriado bancario correspondiente al año que está por finalizar. En este contexto, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha comunicado que el feriado bancario de este año se llevará a cabo el último día de 2024, específicamente el martes 31 de diciembre. En esta fecha, las diversas instituciones financieras y bancarias no ofrecerán atención al público, lo que implica que el último día hábil para estas entidades será el lunes 30 de diciembre.
Es importante señalar que el miércoles 1 de enero también será un día sin atención, dado que se trata de un feriado irrenunciable. Por lo tanto, se recomienda a los ciudadanos organizarse adecuadamente para evitar inconvenientes.
El feriado bancario está regulado por el artículo 38 de la Ley General de Bancos, que establece que este feriado se celebrará el “31 de diciembre de cada año”. Además, se aclara que “en ningún caso deberán considerarse esos días como festivos o feriados para los efectos legales, excepto en lo que se refiere al pago y protesto de letras de cambio”.
A pesar de que la Ley Fintec, promulgada en 2023, introdujo modificaciones al artículo 38, la CMF aún no ha emitido las normativas que se verán afectadas por estos cambios, lo que significa que las disposiciones actuales siguen vigentes. Por lo tanto, el feriado bancario se mantiene en los términos establecidos en el artículo 38 de la Ley General de Bancos, que contempla el feriado bancario el 31 de diciembre.
Es relevante mencionar que, a pesar de la suspensión de atención en las sucursales físicas, esto no interfiere con el funcionamiento de los canales digitales, ya que las aplicaciones y sitios web de las instituciones financieras continuarán operando con normalidad durante este periodo.