Los subsidios estatales disponibles para la construcción de una vivienda

Actualmente hay tres tipos de subsidios para construir viviendas de hasta 2.200 UF.

Dentro de los subsidios que el Estado ha puesto a disposición de las personas para que puedan obtener su anhelada casa propia se encuentra el subsidio para la construcción de una vivienda, un beneficio que cuenta con diversas variantes, según la realidad socioeconómica de cada familia.

Uno de estos subsidios es el DS49 para la construcción, el cual permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, construir una vivienda o un conjunto de ellas (casas o departamentos) sin crédito hipotecario.

Este subsidio tiene cuatro alternativas:

  • Construcción en nuevos terrenos: Son proyectos habitacionales que tienen entre 10 y 160 viviendas. Incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes. La postulación es colectiva.
  • Pequeño Condominio: Son proyectos habitacionales que tienen entre 2 y 9 viviendas. Se desarrolla en un terreno urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley 19.537). La postulación es colectiva.
  • Construcción en Sitio Propio: Corresponde a la construcción de una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que postula. La postulación puede ser colectiva o individual.
  • Densificación Predial: Es la construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades habitacionales. La postulación puede ser colectiva o individual.
  • También existe el “D.S.1 / Tramo 2: Subsidio habitacional para construir una vivienda de hasta 1.600 UF”, que permite a las familias que no son dueñas de una vivienda, con capacidad de ahorro, construir una vivienda de hasta 140 m2 en un sitio propio o densificación predial, es decir, edificar una casa en un terreno donde ya existe otra.
  • Cada proyecto habitacional debe tener a lo menos tres recintos (un baño, estar –comedor-cocina y un dormitorio).

Por último, está el “D.S.1 / Tramo 3: Subsidio habitacional para construir una vivienda de hasta (*) 2.200 UF”, que entrega un menor subsidio menor a los anteriores, pero permite la construcción de una vivienda de mayor valor.


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