Finalmente el segundo retiro del 10 por ciento de los fondos previsionales ya es una realidad y este viernes fue promulgada la ley por el Presidente Sebastián Piñera. ¿Cómo funcionará la normativa en materia de impuestos?
Originalmente el proyecto contemplaba que el pago de tributos comenzara desde las rentas que promediaran $700 mil mensual. Sin embargo, con los cambios que se fueron realizando en el Congreso, el corte quedó es $1,5 millones. Es decir, quienes ganen sobre esa cifra, deberán pagar impuestos.
Cabe mencionar que el cálculo de la renta se hace sumando todos los ingresos que una persona tuvo en un año y se divide en 12. Así, el resultado es el valor de la renta mensual.
Respecto a cómo y cuándo se pagan los impuestos, el académico de Derecho de la Universidad Diego Portales (UDP), César Toledo, explicó a Meganoticias las fechas.
“El impuesto que vas a pagar es el impuesto que tienes que declarar en abril, porque lo que tú ganas desde 1 de enero al 31 de diciembre de un año, en la medida que no sea el impuesto de segunda categoría que te descuenta tu empleador. Tú tienes que pagar en el formulario 22 del Servicio de Impuestos Internos, en abril del año siguiente”, detalló.
Por lo tanto, “si sacaste la plata hasta el 31 de diciembre de este año, vas a tener que pagarlo en abril del 2021, pero si tú sacas la plata desde el 1 de enero del 2021, vas a tener que pagar impuestos en abril del 2022″.
Para pagar este impuesto, se deberá completar el formulario 22 de renta, declararlo y pagar el impuesto correspondiente.
Sin embargo, el académico recordó que, al momento de hacer la declaración, el Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza una propuesta “como el SII va a recibir la información de quienes retiraron el 10 por ciento y cuánto es ese monto, simplemente lo que vas a tener que hacer es meterte a la página del SII, ya sea en abril del 2020 o del 2021, revisar tu declaración, ver que los datos estén conformes y aceptarla”.
“Lo más probable es que si tú eres un trabajador y no tienes otras rentas, no vas a tener que hacer ninguna modificación a lo que te ofrece el SII, porque ellos en general operan
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