Este beneficio se entrega a la madre, padre o en su defecto, al guardador o cualquier persona que tenga a cargo a menores de edad y que debido a su nivel socioeconómico tenga dificultades para mantener a su grupo familiar. Si dentro de este núcleo existen personas con discapacidad, este causante recibe doble pago.
El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio que otorga el Gobierno a las personas de sectores vulnerables del país y consiste en la entrega de una bonificación por cada carga familiar registrada.
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Si bien este aporte no requiere postulación, para acceder a él se debe realizar un trámite de solicitud en la respectiva municipalidad del posible beneficiario, contando con todos los documentos necesarios.
¿Cómo pedir el beneficio?
Quienes requieran este beneficio deben acercarse al Municipio de la comuna donde residen y preguntar por el trámite de solicitud del Subsidio Familiar.
La municipalidad verificará la calidad de beneficiario y el cumplimiento de requisitos mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias que confirmen la procedencia del solicitante.
Una vez comprobada la calidad de beneficiario y el cumplimiento de las exigencias, el alcalde respectivo emite una resolución fundada de reconocimiento, la que es inscrita en un registro especial y luego es enviada al Instituto de Previsión Social (IPS) para el pago del beneficio.
Por lo general, los documentos requeridos son los siguientes:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
¿Cuál es el monto actualizado del Subsidio?
El monto del Subsidio Familiar este 2020 subió a $13.401 por carga familiar. En tanto, el monto que generan los causantes con algún tipo de discapacidad es el doble ($26.802).
Las personas con derecho a percibir el beneficio (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
Los causantes del beneficio son los siguientes:
- Los menores de hasta 6 años de edad, a quienes se acredite su asistencia a los programas de salud.
- Los menores de entre 6 y 18 años de edad que acrediten estudios regulares en los niveles de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.
- Las madres de menores que vivan a sus expensas por los cuales perciban subsidio familiar. En cuyo caso tendrá, además, la calidad de beneficiaria.
- Las mujeres embarazadas que acrediten dicha condición con un certificado de cinco meses de gestación.
- Las personas inválidas o con discapacidad mental, cualquiera sea su edad, que acrediten tal condición con un certificado de la Compin.
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