Nueva pensión para enfermos terminales: ¿En qué consiste la ley?

Si bien la nueva norma entra en vigencia el día 1 de julio de 2021, algunos afiliados podrán acceder antes al beneficio.

Esta semana el Presidente Sebastián Piñera promulgó una ley para que las AFP’s recalculen el monto de las pensiones de las personas diagnosticadas con enfermedades terminales.

De acuerdo a la legislación, las personas que tengan una expectativa de vida menor a 12 meses podrán presentar una solicitud ante su Administradora para que se haga un cálculo distinto de su pensión.

“Este retiro anticipado va a significar un alivio para quienes viven esta difícil y dolorosa situación, y también va a contribuir a dar mayor dignidad a los enfermos terminales y mayor humanidad a nuestra sociedad”, explicó el Mandatario.

Para certificar su condición, el afiliado debe presentar la documentación necesaria ante su AFP y ésta la remitirá al Consejo Médico, un área que será creada por la Superintendencia de Pensiones para que se encargue de este tipo de solicitudes. Dicho Consejo tendrá un plazo de cinco días hábiles para notificar al afiliado y AFP su resolución.

El principal requisito es que el afiliado o pensionado cuente con fondos en su cuenta individual, por lo tanto, incluye a pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total, parcial, o sobrevivencia, bajo todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia; y pensionados de la ley de Accidentes y Enfermedades Profesionales.

Para calcular monto de la pensión, la AFP primero se reservará el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria, en caso que corresponda. El dinero restante se dividirá en 12 meses, por lo que el afiliado recibirá una pensión mensual especial durante 12 meses.

La ley entrará en vigencia el 1 de julio de este año, sin embargo, se dispondrá de un régimen transitorio para que, a partir de marzo, accedan al beneficio las personas afectadas por enfermedades terminales especialmente graves y estén dentro del programa de cuidados paliativos GES.


También te puede interesar: