Hasta este 31 de diciembre los trabajadores dependientes y empresarios individuales podrán solicitar el último Préstamo Solidario del Estado, uno de los beneficios que el Gobierno activó para ayudar a la clase media afectada por la pandemia.
La iniciativa permitió que personas, que vieron mermados sus ingresos, pudieran acceder a un crédito blando de hasta 650 mil pesos con una tasa de interés real de 0%.
Estos montos no estarán afectos a ningún impuesto ni retención administrativa, salvo la retención de hasta el 50 por ciento, por concepto de deuda de pensión alimenticia.
Durante el mes de noviembre, el Servicio de Impuesto Internos recibió 314.650 solicitudes del préstamo solidario, equivalente a $111.068 millones de pesos.
Requisitos
El principal requisito para obtener el préstamo es enfrentar una disminución de al menos un 30 por ciento en los ingresos con respecto al año anterior. De ser así, el beneficiado puede optar a un monto equivalente al 70 por ciento de la caída.
El trámite de postulación puede efectuarse en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos desde ahora y hasta el 31 de diciembre.
¿Cuándo y cómo se paga el préstamo?
Quienes hayan solicitado el beneficio tendrán un plazo de hasta cuatro años para reintegrar el monto solicitado, con un año de gracia. El primer pago anual será en abril de 2022 y equivaldrá a un 10 por ciento del dinero recibido, posteriormente la cuota anual del año 2023, 2024 y 2025 será de un 30 por ciento del total.
- 1° cuota equivalente al 10% del beneficio entregado, a pagar en 2022
- 2° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2023
- 3° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2024
- 4° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2025
No obstante, el pago de cada cuota anual no podrá superar el cinco por ciento de los ingresos totales de la persona durante el año anterior. En este sentido, si una parte del préstamo no alcanza a ser pagada hasta 2025 se condonará de inmediato.
Por último, a contar de septiembre de 2021 se recargará un tres por ciento a las retenciones de impuestos (descuentos por planilla, retenciones en boletas de honorarios y pagos de PPMs) como abono a la deuda.
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