Para ayudar a las familias a cubrir los gastos típicos de este mes, como Navidad y Año Nuevo, el Gobierno anunció un último beneficio navideño que será un complemento al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que se otorgó este año.
Durante este mes de diciembre son varios los beneficios que entregará el Gobierno a la ciudadanía, además de los aguinaldos que por Ley entrega el Estado a los empleados públicos y pensionados.
Se trata del Bono Covid Navidad, un aporte especial para esta fecha y que se entregará a todas aquellas personas que recibieron la sexta cuota del IFE.
Estos son los beneficios de Navidad que puedes cobrar este mes:
Bono Covid Navidad
Este beneficio comenzará su pago a partir del día 21 de diciembre y tendrá un alcance aproximado de 3,4 millones de hogares en el país.
Se entrega a todos quienes recibieron el último IFE y consta de dos montos diferentes:
- $25.000 por miembro del hogar.
- $55.000 por miembro del hogar (residentes en comunas en cuarentena).
Aguinaldo pensionados
Según información del IPS, el monto base del Aguinaldo de Navidad para este año es de $23.081, y solamente se pagará a aquellas personas que estén pensionadas al 30 de noviembre de 2020.
En el caso del IPS, el aguinaldo se incluye en la liquidación de pago de diciembre en la fecha en que cada persona tiene asignado su pago, pero siempre antes del día 25 cuando se celebra Navidad.
Aguinaldo Sector Público
Este aporte navideño está estipulado en la Ley para la gran mayoría de los trabajadores del sector público, al igual que sus montos los que cada año quedan definidos en la Ley de Presupuestos.
Durante este mes el monto que deberían recibir los empleados públicos rondaría los $58 mil y los $31 mil, de acuerdo a los tramos de remuneración de cada trabajador.
Aguinaldo sector privado
En el sector público no hay Ley que regule el pago de aguinaldo, por lo que la entrega del beneficio queda supeditada a la voluntad del empleador. Sin embargo, existen al menos tres situaciones en que esta prestación se transforma en un derecho para el trabajador y una obligación para la empresa.
- Derecho adquirido: Si el aguinaldo se pagó por varios años de manera periódica, se convierte en derecho adquirido de los trabajadores, por lo que el empleador debe entregarlo de manera obligatoria.
- Contrato colectivo: Si por contrato colectivo entre trabajadores y empresa se pacta este pago y sus montos, el aguinaldo debe pagarse.
- Contrato individual: Si un trabajador pacta el pago de aguinaldo de manera directa con su empleador y esto queda estipulado en su contrato.
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