Asamblea Nacional de Nicaragua avanza en reformas constitucionales que otorgan más poder al presidente Ortega

El Parlamento de Nicaragua avanza en la eliminación de la prohibición de tortura.
El Parlamento de Nicaragua avanza en la eliminación de la prohibición de tortura.

La Asamblea Nacional de Nicaragua ha comenzado este martes el proceso de aprobación en segunda legislatura de enmiendas a la Constitución Política, que redefine el Estado como “revolucionario” y otorga amplios poderes al presidente del país, Daniel Ortega, y a su esposa, la vicepresidenta Rosario Murillo, sobre los demás poderes del Estado. Los legisladores han decidido reformar un total de 148 de los 198 artículos de la Carta Magna y derogar otros 37, incluyendo el artículo que prohibía la práctica de la tortura y el recurso de Habeas Corpus. En la sesión de hoy, se aprobaron dos títulos de estas enmiendas en una segunda votación definitiva.

La reforma constitucional ha sido objeto de críticas por parte de la ONU, la Organización de Estados Americanos (OEA), el gobierno de Estados Unidos (EE.UU) y diversos opositores nicaragüenses. Entre los cambios más significativos se encuentra la extensión del período presidencial de cinco a seis años, la creación de la figura de “copresidenta”, y la legalización de la apatridia. Además, se establece la creación de la Policía Voluntaria, que ha sido acusada de actuar como una fuerza paramilitar.

El diputado sandinista Moisés Absalón Pastora destacó en el pleno que “hoy estamos en el proceso refundacional del Estado y de la República revolucionaria, evolutiva, cristiana, solidaria, socialista y antiimperialista”. Por su parte, el legislador oficialista Edwin Castro afirmó que “esta reforma constitucional que hoy iniciamos aprobar en segunda discusión apuntala y profundiza la democracia en nuestro Gobierno revolucionario”. El presidente de la Asamblea, Gustavo Porras, explicó que la reforma parcial a la Constitución será discutida “artículo por artículo” y se prevé que esté lista para el 30 de enero.

En la sesión de hoy, se reformó el preámbulo de la Constitución, que hace referencia a la lucha de los antepasados indígenas, mencionando a los caciques Diriangén, Nicarao y Adiact como “paradigmas de dignidad, tenacidad y bravura”. También se rinde homenaje a los próceres de la independencia, a héroes nacionales, y a figuras como el poeta Rubén Darío, así como a los fundadores del sandinismo, Carlos Fonseca Amador y Tomas Borge, y a guerrilleros como Camilo Ortega, hermano del presidente.

La reforma establece que Nicaragua es un Estado “revolucionario”, libre, soberano e independiente, que reconoce a la persona, la familia y la comunidad como protagonistas de la “democracia directa”. El poder revolucionario se ejerce de forma directa por el pueblo, a través de la Presidencia de la República, que dirige al Gobierno y coordina los órganos legislativo, judicial, electoral, fiscalía de cuentas y los entes autónomos.

En el Capítulo II, artículo 132, se establece que la Presidencia de la República dirige al Gobierno y, como Jefatura de Estado, coordina los órganos legislativo, judicial, electoral, de control y regionales y municipales. La reforma también estipula que la Presidencia es la Jefatura Suprema del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior. Además, se establece que la Presidencia estará compuesta por un copresidente y una copresidenta, quienes ejercerán sus funciones por un período de seis años y podrán nombrar vicepresidentes sin necesidad de ser elegidos por el voto popular. También se incluye como símbolo patrio la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), partido que ha estado en el Gobierno desde 2007.

La reforma crea la Policía Voluntaria como un cuerpo auxiliar y de apoyo a la Policía Nacional, que ha sido acusada por opositores y organismos humanitarios de actuar como fuerzas parapoliciales y paramilitares durante la “Operación Limpieza”, que se llevó a cabo para neutralizar las manifestaciones que estallaron en 2018. La Presidencia también podrá ordenar la intervención del Ejército de Nicaragua en apoyo a la Policía Nacional cuando la estabilidad de la República lo requiera.

El Estado de Nicaragua también se encargará de vigilar que los medios de comunicación no sean “sometidos” a intereses extranjeros ni divulguen noticias falsas que atenten contra los derechos de los nicaragüenses. Se establece que “el Estado es laico y asegura la libertad de culto, fe y prácticas religiosas en estricta separación entre el Estado y las iglesias”, aunque advierte que “al amparo de la religión, ninguna persona u organización puede realizar actividades que atenten contra el orden público”. Además, se ordena al sistema financiero nacional desconocer las sanciones internacionales, argumentando que “ninguna medida violatoria del derecho internacional” tomada por Estados, grupos de Estados o Gobiernos extranjeros en contra de instituciones, funcionarios y/o personas nicaragüenses tendrá validez en el país.