IFE Laboral: conoce los montos asociados

En octubre pueden postular quienes hayan encontrado un nuevo empleo durante este mes o el anterior. Conoce aquí los montos del IFE Laboral.

IFE Laboral montos
Revisa toda la información de montos, fechas y requisitos del IFE Laboral.

Todas las personas que hayan firmado un contrato formal de trabajo desde el 1 de septiembre pueden postular este mes al subsidio. El IFE Laboral entregará montos en dinero por hasta cuatro meses para incentivar la búsqueda de empleo.

Los montos máximos, sin embargo, se dividen en dos grupos, de acuerdo a las características de los beneficiarios.

En el primer grupo están los hombres mayores de 24 y menores de 55 años, cuyo pago es equivalente al 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000.

El segundo grupo lo conforman mujeres jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez. Para estos trabajadores, los montos del IFE Laboral son iguales al 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000.

Montos, fechas y requisitos para acceder al IFE Laboral

La postulación es completamente online en el sitio www.subsidioalempleo.cl. Sólo se debe ingresar con la ClaveÚnica en “Postular al IFE Laboral” y deben cumplir tres requisitos:

-Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
-Recibir una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).
-Haber estado cesante al menos un mes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que se postula al beneficio.

Durante la realización de este trámite, los interesados deben adjuntar su contrato de trabajo en formato doc, docx o pdf.

En cuanto al calendario de pagos, está organizado de la siguiente forma para el mes de octubre:

-Postulados en abril: Sexto Pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario.

-En mayo: Quinto Pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario.

-Junio: Cuarto Pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario.

-Julio: Tercer Pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario.

-Agosto: Segundo Pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario.