Hacienda corrige error en exención de IVA a importaciones con nueva ley corta en el Congreso

Hacienda corrige error en exención de IVA a importaciones con nueva ley corta.
Hacienda corrige error en exención de IVA a importaciones con nueva ley corta.

Este lunes, el Ministerio de Hacienda presentó ante el Congreso un proyecto de ley que busca extender la vigencia de ciertas normas transitorias de la nueva Ley que Refuerza el Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, considerada como la legislación con mayor potencial recaudador del pacto fiscal, estimado en un 1,5% del PIB o US$ 4.500 millones en régimen. Esta ley fue publicada en el Diario Oficial la semana pasada.

El texto del Ejecutivo propone extender hasta finales de diciembre algunas disposiciones transitorias que tienen como objetivo beneficiar a los contribuyentes. Sin embargo, debido a la forma y los plazos en que el proyecto fue aprobado por el Congreso, se prevé que estas normas solo estén vigentes por un corto período. Las disposiciones que se mencionan incluyen: el mecanismo de repatriación de capitales a cambio de un impuesto único y sustitutivo del 12%; la posibilidad de suscribir convenios para saldar deudas tributarias pendientes con la Tesorería, lo que permitiría la condonación de multas e intereses; y una opción similar para cerrar procesos judiciales pendientes en materia tributaria.

El proyecto también introduce un nuevo artículo transitorio que establece que la entrada en vigencia del arancel para ingresos superiores a US$ 500 coincidirá con el término de la exención de IVA para compras menores a US$ 41. En este contexto, el Ministerio de Hacienda ha corregido una norma que había pasado desapercibida, relacionada con la eliminación de la exención de IVA para importaciones de mercancías valoradas en hasta US$ 41. Este problema fue señalado por el abogado y socio de Villarroel, Lecaros y Aste Abogados, Christian Aste, en una columna publicada en El Dínamo, donde advirtió que el proyecto despachado por el Congreso no incluía una norma que regulase el periodo de transición mientras se eliminaba la exención de IVA para importaciones.

Aste explicó que la nueva ley reemplazaría la exención de IVA por una nueva exención de aranceles aduaneros para ingresos de productos valorados en hasta US$ 500. Sin embargo, el abogado destacó que “el problema, y es aquí el error, es que esta última modificación comenzará a regir desde el mes 12 contado desde la publicación efectuada el 24 de octubre, (por así establecerlo el artículo tercero transitorio), en circunstancias de que la exención de IVA que hoy existe y que está vigente se remite a la posición 00.23 (del Arancel Aduanero), cuyo guarismo pasó a ser US$ 500, pero no en un año más, sino que desde el primer día del mes siguiente de la publicación, esto es, desde el 1 de noviembre de este mismo año (artículo 16 cuya vigencia se regula en el artículo transitorio final)”.

Aste advirtió que si esta situación no se corrige “con urgencia” antes del 1 de noviembre, los envíos postales y encomiendas provenientes del extranjero desde esa fecha hasta el 24 de noviembre de 2025 no solo estarán exentos de aranceles, sino que también no se verán afectados por el IVA hasta por un valor de US$ 500, en lugar de US$ 41 como es actualmente.

La propuesta del Ejecutivo busca abordar la falta de una norma de vigencia especial para el reemplazo de los nuevos valores aplicables o exentos de aranceles para las encomiendas que ingresen desde el exterior, lo que ha generado una “incoherencia” con las normas aprobadas. Por lo tanto, el texto plantea un nuevo artículo transitorio que establece que la entrada en vigencia del nuevo arancel para ingresos superiores a US$ 500 será simultánea con el término de la exención de IVA para compras menores a US$ 41. Este plazo se extenderá por un año después de la publicación de la ley que comenzó su trámite en el Congreso.