
La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado ha dado un paso significativo al aprobar, de manera unánime, la idea de legislar la reforma de pensiones que fue presentada por el Gobierno. Esta decisión se produce tras la presentación de las indicaciones que consolidan el acuerdo alcanzado con el sector de Chile Vamos para avanzar en esta iniciativa. La votación en particular de la reforma comenzará este jueves, y posteriormente será revisada por la Comisión de Hacienda antes de ser sometida a votación en la Sala del Senado. Este proceso ha sido calificado como “histórico” por el Ejecutivo.
Detalles de la reforma de pensiones
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, destacó que “luego de meses que han sido intensos, que han sido largos, en que ha habido un trabajo técnico y político importante entre el Ejecutivo, entre los parlamentarios del oficialismo, a quienes agradecemos toda su entrega y colaboración, entre los parlamentarios de la oposición, en particular de Chile Vamos, que también han estado disponibles para dialogar y concordar, hemos encontrado puntos de acuerdo que nos permiten sacar adelante esta reforma”.
Por su parte, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, subrayó que la reforma de pensiones “va a beneficiar a un universo cercano a los 2,8 millones de adultos mayores, que van a incrementar sus pensiones entre un 14% y un 35%. Si queremos comparar, recordemos que en 2008, cuando se creó el Pilar Solidario, se benefició alrededor de 480.000 pensionados, con un beneficio máximo de $60.000”. Además, mencionó que se espera que alrededor de 900.000 afiliados que han cotizado con mayor regularidad recibirán el beneficio por tiempo cotizado, y cerca de 800.000 mujeres percibirán el bono tabla.
Aspectos clave de la reforma
Las indicaciones presentadas abordan varios aspectos fundamentales, incluyendo la nueva cotización adicional del 8,5%, su estructura y distribución, las regulaciones a la industria, el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) y otros temas relacionados con la institucionalidad. En lo que respecta a la regulación de la industria, se busca incentivar la entrada de nuevos administradores de fondos de pensiones, aumentando su número y, por ende, mejorando la competencia y reduciendo los costos para los afiliados. Se ha determinado que las administradoras no podrán pertenecer al mismo grupo empresarial que otra, ni invertir en activos emitidos o intermediados por entidades de su grupo empresarial.
La reforma también sustituye el sistema de multifondos por un esquema de Fondos Generacionales, donde cada fondo seguirá un esquema de inversión que se volverá más conservador a medida que sus afiliados se acerquen a la edad de retiro. Las comisiones que paguen los afiliados serán variables, dependiendo de si el fondo de pensión pierde o gana. Se establece un sistema de premios y castigos para alinear el desempeño de los inversores con la obtención de la mejor rentabilidad para los afiliados.
Las enmiendas también incluyen la licitación del stock de afiliados, que se llevará a cabo cada dos años, licitando el 10% de los afiliados actuales seleccionados aleatoriamente. Para promover una reducción en las comisiones, se adjudicará la administración del ahorro previsional al oferente con la menor comisión, que deberá mantener dicho precio por cinco años. Los afiliados licitados tendrán la opción de desistirse de la licitación o cambiarse de inversor en cualquier momento.
Estructura de la nueva cotización adicional
En el régimen previsional actual, prácticamente la totalidad de los aportes recae en los trabajadores, quienes cotizan el 10% de sus remuneraciones imponibles. Los empleadores, por su parte, realizan un aporte de aproximadamente el 1,5% de la remuneración imponible del trabajador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Con la propuesta del Gobierno, se añade una nueva cotización de los empleadores del 7% de la remuneración imponible, creando un Seguro Social que mejorará las pensiones de los jubilados actuales y compensará a las mujeres por su mayor expectativa de vida. Esta nueva cotización se implementará gradualmente en un plazo de nueve años para mitigar el impacto en las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y en el empleo.
Así, la cotización total del empleador, considerando el 1,5% actual del SIS y la nueva cotización del 7%, será del 8,5%, con la siguiente estructura: 2,5% al SIS, que incluye el 1,5% actual y un 1% proveniente de la nueva cotización. Esto financiará las prestaciones habituales del SIS y la nueva compensación a mujeres por su mayor expectativa de vida. La compensación asegurará que una mujer y un hombre que se jubilan a los 65 años con el mismo ahorro y grupo familiar obtengan la misma pensión, con un valor mínimo de 0,25 UF (aproximadamente $10.000 mensuales).
Además, se destinará 1,5% al Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida, que será administrado por el Seguro Social, y financiará un beneficio de 0,1 UF por año cotizado, con un tope de 25 años cotizados (2,5 UF). El requisito será de 13 años para las mujeres y de 20 años para los hombres, aplicándose íntegramente por los primeros 20 años y de manera decreciente por los siguientes 10. El Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida se integrará a la pensión del trabajador al momento de su jubilación, incrementado con los intereses y reajustes correspondientes.
Finalmente, se destinará 4,5% a ahorro individual para mejorar las pensiones futuras, de modo que el Seguro Social reciba cuatro puntos porcentuales del total aportado por el empleador (8,5% de la remuneración imponible).
Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU)
Uno de los aspectos más destacados de la reforma es el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000, con un enfoque gradual para su implementación y para el acceso a la PGU por parte de los beneficiarios de las leyes reparatorias (Valech, Rettig y exonerados políticos). Se prevé que a los seis meses de publicada la ley, los beneficiarios de PGU de 82 años o más y los beneficiarios de leyes reparatorias de la misma edad recibirán el aumento. A los 12 meses, se incorporarán los beneficiarios de 75 años o más, y a los 24 meses, se incluirán las personas de 65 años o más, así como los beneficiarios de leyes de reparación de la misma edad.