Nueva Ley Antievasión en Chile: ¿Cómo afectará a las transferencias bancarias en 2025?

Informe de enero 2025: Afectados por el límite de 50 transferencias en Chile.
Informe de enero 2025: Afectados por el límite de 50 transferencias en Chile.

Desde enero de 2025, entra en vigor el primer reporte semestral de la Ley de Cumplimiento Tributario, también conocida como la Ley Antievasión, que establece un control más estricto sobre las transferencias bancarias en Chile. La normativa obliga a los bancos a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre las cuentas que hayan recibido más de 50 transferencias de diferentes personas en un mes o más de 100 transferencias de distintos emisores en un semestre.

Objetivo de la ley

La ley tiene como objetivo principal regular a quienes realizan actividades económicas informales o no declaradas. Según explican expertos, los principales grupos afectados son:

  • Personas con actividades comerciales no registradas: Aquellos que trabajan de manera independiente o realizan negocios sin haber declarado el inicio de actividades ante el SII.
  • Vendedores informales de productos o servicios: Personas que no emiten boletas o facturas tributarias por sus ventas y generan ingresos sin reportarlos.
  • Trabajadores informales y quienes realizan “pitutos”: Las transacciones frecuentes derivadas de trabajos eventuales o servicios no formalizados podrían ser detectadas por el SII.

Perspectiva de expertos

Aurora Sepúlveda, contadora y especialista en finanzas, explica que esta ley busca fomentar la formalización de las actividades económicas y aumentar la recaudación fiscal. “Si bien la fiscalización no es nueva, ahora las reglas son más claras para evitar que las personas evadan sus responsabilidades tributarias”, señaló.

Exenciones de la normativa

El SII ha detallado algunos casos en los que la obligación de reporte no aplica. Entre ellos se encuentran:

  • Tesoros de curso, clubes deportivos o actividades comunitarias.
  • Recaudaciones para actividades solidarias o familiares.
  • Pagos de servicios comunes organizados por comunidades.
  • Rifas realizadas por establecimientos educacionales.

Información adicional

El SII ha emitido un mensaje a través de sus redes sociales, indicando que si tu negocio o emprendimiento no está formalizado, deberás hacerlo para poder justificar dichos ingresos. Infórmate en: SII.