Corte Suprema destituye a Ángela Vivanco por mal comportamiento en sus funciones judiciales

Suprema confirma la destitución de Ángela Vivanco por mal comportamiento laboral.
Suprema confirma la destitución de Ángela Vivanco por mal comportamiento laboral.

La Corte Suprema ha decidido el 30 de octubre la remoción de la ministra Ángela Vivanco Martínez, confirmando la decisión que fue adoptada en el Pleno el 10 de octubre.

Sentencia de remoción

En su fallo, el máximo tribunal establece que “la señora Ángela Vivanco Martínez no ha tenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones y, en consecuencia, se acuerda la remoción de su cargo como ministra de esta Corte Suprema de Justicia”.
El proceso que llevó a la evaluación de la remoción de Vivanco comenzó con la apertura de un cuaderno administrativo el 9 de septiembre de 2024. Según los antecedentes presentados, la Comisión de Ética del tribunal proporcionó información que fue considerada “seria y grave”, afectando los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que rigen al Poder Judicial.

Defensa de Vivanco

La defensa de Vivanco argumentó en su informe de descargos, presentado el 4 de octubre, que se habían vulnerado derechos fundamentales durante el proceso, denunciando la “falta de debido proceso, ausencia de imparcialidad y uso de prueba ilícita”. La exministra también afirmó que no existían hechos que acreditaran un mal comportamiento.
Cabe recordar que la Corte Suprema, tras escuchar a la defensa, determinó el 10 de octubre el veredicto en una sesión extraordinaria del Pleno, donde se acordó su destitución.

Imparcialidad y conducta judicial

Uno de los aspectos analizados en el fallo señala que, en su función como magistrada, Vivanco mantuvo “una conducta que se aparta de los principios de independencia y transparencia”, específicamente al “priorizar sus intereses personales en la tramitación de causas”.
Para la Corte Suprema, el buen comportamiento judicial no solo exige imparcialidad en la resolución de causas, sino también “evitar la intromisión en actuaciones del Ministerio Público y mantener la distancia con abogados de la plaza”.

Comunicación con el abogado Luis Hermosilla

Entre los elementos presentados, se destaca una serie de comunicaciones entre Vivanco y el abogado Luis Hermosilla, donde la exministra le ofreció “recomendaciones procesales” y manifestó su disposición para integrarse en ciertas salas del tribunal.
En una de las conversaciones, Vivanco expresó: “Por supuesto, si la sala me lo pide voy. ¿Qué causa se ve?”, después de que el abogado le preguntara si podía incorporarse a una sesión específica.
En este contexto, la defensa de Vivanco argumentó que las conversaciones eran de carácter académico y “no comprometen la imparcialidad judicial”. Sin embargo, el tribunal rechazó esta alegación, sosteniendo que “los términos de las conversaciones exceden lo esperable en la relación juez-abogado”.

Cuestionamientos a nombramientos

La Corte Suprema también cuestionó la participación de Vivanco en procesos de designación de cargos, especialmente su “interferencia en la tramitación de concursos para la elección del Fiscal Nacional y del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar y Concón”. Según el fallo, Vivanco habría ejercido una “presión indebida” para apoyar la designación de personas de su interés.
La sentencia afirma: “Su conducta demuestra un ánimo de tejer una red de influencias”, y añade que “devela un interés personal contrario al buen funcionamiento del Poder Judicial”.

Decisión final del Pleno

Conforme a la Constitución, el tribunal argumenta que la remoción de Vivanco obedece a un “mal comportamiento” en el ejercicio de sus funciones. “La independencia y transparencia judicial deben primar en el actuar de la magistratura”, declara la sentencia, enfatizando la necesidad de un Poder Judicial “libre de influencias”.
Este fallo, que ha sido notificado a la defensa y al Presidente Gabriel Boric, instruye la salida inmediata de Vivanco de la Corte Suprema.