Retención de boleta de honorarios subirá a 10,75%

A partir del 1 de enero de 2020 los trabajadores independientes que emiten boleta de honorarios tendrán una mayor retención, pasando del actual 10% a un 10,75%.

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La medida responde a la aplicación gradual de la normativa que establece que los trabajadores a honorarios deben ingresar a los regímenes de protección social (sistema de salud y AFP), estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones individuales.

Para contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la retención deberá ir incrementándose gradualmente, llegando a un 17% a 2028.

Así quienes opten por la cobertura total, no tendrán devolución de impuestos en mayo, mientras que los que opten por cobertura parcial recibirán el 5,56% del monto retenido.

¿Por qué aumenta la retención?

El 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.133 que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social.

Con el objeto de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, a partir del 1 de enero de 2020, se aumentará gradualmente la retención del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios.

¿Cómo será el aumento gradual?

El aumento en la retención será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028, de acuerdo al siguiente detalle:

¿Para quiénes aplica el cambio?

Este nuevo porcentaje de retención aplica para todos los emisores de boletas de Honorarios (electrónicas y en papel), y a los emisores de Boletas de Prestación de Servicios de Terceros.

Si emites tus boletas en sii.cl, o un tercero las emite por ti, la aplicación disponible en nuestro sitio web realizará el cálculo con la nueva retención de manera automática, con lo que se evitarán errores de cálculo o de “tipeo”.

Si aún emiten boletas en papel, debes hacer el cálculo con la retención del 10,75%, a contar del 1 de enero.

Te guiamos con algunos ejemplos:

Revisa aquí como varia la retención de tu boleta de honorario desde el 1 de enero, de acuerdo a tus honorarios mensuales:

Fuente: SII