Revisa con tu RUT si tienes derecho a cobrar devolución de excesos de Fonasa

Para recibir el pago y tras aceptar la propuesta de devolución que le hace Fonasa, el cotizante o empleador, podrá escoger la opción que más le acomode

El Fondo Nacional de Salud, Fonasa, el  Seguro Público con más de 14 millones de beneficiarios en Chile, informó que ya puedes revisar, solo con tu RUT,  si tienes devolución de excesos.

El proceso, que es muy simple, se extenderá hasta el próximo 6 de diciembre del presente año.

¿Quiénes tienen derecho a devolución?

Según informó la entidad, recibirán estos excesos los empleadores que realizaron el pago erróneo de cotizaciones. Y no son los únicos, ya que también le corresponde a personas cuyas rentas superan los 2 millones de pesos (80,2 UF). 

¿Cómo acceder al pago?

Las personas cotizantes o empleadores, pueden consultar si existen excesos de cotizaciones que serán devueltos en este proceso. Para esto, en el sitio web de Fonasa deberán ingresar a “Servicios en Línea” y luego seleccionar el banner “Devolución de Pago en Exceso”.

Para acceder a la información de la devolución, el cotizante debe ingresar el RUN, número de serie de su cédula y un código de seguridad. En el caso de empleadores o personas jurídicas sólo debe ingresar el RUT y el código de seguridad.

¿Cómo se recibe el pago?

Para recibir el pago y tras aceptar la propuesta de devolución que le hace Fonasa, el cotizante o empleador, podrá escoger la opción que más le acomode, seleccionando si quiere recibir el monto a través de un “Depósito Directo en su Cuenta Rut de BancoEstado”; “Pago a través de Vale Vista del Banco Scotiabank” (ex BBVA); o bien, en una “Cuenta Vista”, “Cuenta de Ahorro” o “Cuenta Corriente” de cualquier banco.

¿Cuáles son las fechas para recibir este pago?

El calendario de pagos incluye doce alternativas de pago, lo que será de acuerdo a la fecha en que se haya realizado la aceptación de la propuesta, en el sitio web de Fonasa y el tiempo de esta respuesta podrá variar entre 5 a 10 días hábiles.

 


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